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CLAVES DE LA LEGALIZACIÓN DEL CANNABIS MEDICINAL EN ESPAÑA 2025 (1)
NUEVO DECRETO SOBRE EL USO DE CANNABIS TERAPÉUTICO
¿La ley legaliza el consumo de cannabis para uso medicinal?
No, si se entiende el cannabis como las sumidades floridas (cogollos) de la planta del cannabis. La ley regula y admite el uso del THC –Delta 9 tetrahidrocannabinol-, así como el del CBD –cannabidiol- en el ámbito de las fórmulas magistrales farmacéuticas. En síntesis, se abre la puerta al uso de THC y el CBD en el ámbito farmacológico.
¿Se puede actualmente acceder a los preparados farmacéuticos que contienen THC o CBD cannabis?
No, el artículo 4 del decreto, ordena que la AEMPS publicará en el Formulario Nacional la monografía correspondiente a la que deberán ajustarse las fórmulas magistrales tipificadas de preparados estandarizados de cannabis.
Hasta que la monografía no sea publicada no será posible el acceso efectivo de los pacientes a los preparados.
¿Se requerirá receta médica?
Si, y únicamente podrá dispensarse en relación con aquellas enfermedades recogidas en la monografía que debe publicar la AEMPS.
¿Se dispensará en farmacias?
Por el momento únicamente podrá ser suministrado por servicios de Farmacia Hospitalaria (en hospitales), la elaboración y dispensación de fórmulas magistrales tipificadas de preparados estandarizados de cannabis por oficinas de farmacia podrá ser objeto de regulación específica.
Oriol Casals Madrid